Esta semana hemos conocido la noticia de que un grupo de mujeres que habían salido a la calle a hacer un taller de tejido y punto habían sido desalojadas por la Policía Local, en Córdoba, por uso indebido del espacio público. Viendo la foto que acompañaba la noticia, en la que es evidente que no hay nada que sospechar del grupo de tejedoras, nos vienen a la mente imágenes casi olvidadas de la infancia cuando nuestras abuelas sacaban la silla a la puerta de casa para sentarse a tejer, a hablar, a pasar el rato, tomar el sol… cotillear… a estar con las vecinas… en el fondo a vivir en comunidad. Indiscutiblemente, ninguna de nuestras abuelas se habría considerado haciendo un «uso indebido de la vía pública» y tampoco creo que ningún policía municipal… o guarda urbano, como se les llamaba entonces, se hubiese planteado disolver la concentración de señoras sentadas en sus sillas, la verdad.
Policía local desalojando a personas sin hogar de una calle de Madrid (fuente ABC)Pero los tiempos han cambiado, ya no se puede salir a la calle sin autorización municipal y/o gubernativa, ni a tejer ni a otras muchas cosas… Las «peligrosas» tejedoras de Córdoba estaban haciendo mantas para enviar a Siria, por cierto, pero esto es lo de menos, porque el motivo por el que se las desalojó de la calle es por hacer un uso indebido de la vía pública. En el fondo, por no haber pedido autorización e informado del horario correspondiente al ayuntamiento, como probablemente queda aclarado y regulado en la ordenanza municipal correspondiente. De hecho, algunas ordenanzas municipales prohíben la mendicidad, otras el ejercicio de la prostitución en la vía pública, el ejercicio de chatarra, tocar música pidiendo dinero… las hay que exigen autorización para poner en la calle una mesa de recogida de firmas (da igual que ésta sea para una causa política, social, cultural, etc.)… y, por supuesto, la venta ambulante está regulada en casi todas ellas.
Además, tras la entrada en vigor de la última reforma del Código Penal, el top-manta vuelve a ser un delito penado con prisión.
Policía local identificando a vendedores del top-manta en Madrid (fuente: Policía local de Madrid)Esto no es todo porque la nueva Ley de Seguridad Ciudadana prohíbe acampar en la calle, al considerar infracción leve (entre 100 y 600€ de multa) la «ocupación de la vía pública» en contra de los establecido por la autoridad competente (es decir, lo que diga el agente de policía de turno). También considera sanción leve el beber alcohol en vías, transportes públicos, aunque no en todos los casos, sólo cuando los agentes de policía consideren que «se perturba gravemente la tranquilidad ciudadana»… Por supuesto, también es sancionable dañar o deslucir bienes públicos muebles o inmuebles (bancos de un parque, cajeros automáticos, papeleras, etc.), o negarse a presentar la documentación a los agentes policiales que lo soliciten. Es decir que visto lo visto, suerte tuvieron las tejedoras cordobesas de no ser multadas durante sus «tejemanejes» en la vía pública.
La conclusión es que entre las ordenanzas municipales, la nueva ley de seguridad ciudadana y el nuevo código penal, vivir y/o trabajar en la calle se hace cada vez más difícil. De hecho, estar tranquilamente en la calle y juntarse con las vecinas se hace cada vez más difícil… que hacer comunidad se hace más complicado porque para cada vez más cosas nos obligan a pedir autorización a la administración de turno.